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El TS desestima por extemporánea la demanda de Mediaset contra la sentencia que declaró a ITV titular de ‘Pasapalabra’

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MADRID, 19 (EUROPA PRESS)

La Sala Civil del Tribunal Supremo (TS) ha desestimado, por haberse presentado «de forma extemporánea», la demanda de revisión planteada por Mediaset contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid de 2019, que declaró a ITV titular de los derechos de propiedad intelectual del programa ‘Pasapalabra’, incluyendo ‘El Rosco’, y condenó a Mediaset a restituir a ITV las ganancias obtenidas por el uso del formato, por haber infringido dichos derechos.

Así lo ha anunciado este miércoles el alto tribunal, que ha indicado que Mediaset basaba su demanda de revisión en la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, de 14 de noviembre de 2022, en un pleito entre la empresa holandesa MC&F y Atresmedia, que tras analizar una serie de documentos concluyó que la titular de los derechos de propiedad intelectual sobre ‘El Rosco’ era MC&F y no ITV.

Sin embargo, el Tribunal Supremo, de acuerdo con lo defendido por la Fiscalía y por ITV, razona que Mediaset ha incumplido el requisito de que la demanda se interponga dentro del plazo de caducidad de tres meses desde el día en que se descubrieron los documentos que «se consideran decisivos» para instar la revisión de una sentencia firme, de acuerdo al artículo 512.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

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El alto tribunal explica que los documentos aportados por la parte demandada (ITV), concretamente el contenido de una carta de 31 de mayo de 2017 del abogado de Mediaset, ponen en evidencia que la demandante (Mediaset) «tenía conocimiento previo desde, al menos tal fecha, de los documentos en los que funda la revisión».

Por otro lado, el Supremo recoge que la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona por el pleito entre MC&F y Atresmedia «no es firme» y está pendiente de la resolución de recursos extraordinarios por infracción procesal y casación ante el propio Supremo.

La demanda de revisión de Mediaset se interpuso contra la sentencia de la Audiencia de Madrid de 20 de septiembre de 2016, que devino firme por sentencia del Supremo de 30 de septiembre de 2019 que la confirmó íntegramente, y que estableció la condena a Mediaset a restituir a ITV las ganancias obtenidas por el uso del formato y título de la obra ‘Pasapalabra’.

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